5 agosto, 2026

PFAS y PPWR: qué se exige al packaging alimentario

Desde el 12 de agosto de 2026, el PPWR establece límites concretos de PFAS para los envases destinados al contacto con alimentos. Analizamos qué packaging está afectado, dónde pueden encontrarse estas sustancias y qué información necesitan fabricantes y transformadores para evaluar el cumplimiento.

Desde el 12 de agosto de 2026, los envases destinados al contacto con alimentos que se introducen en el mercado de la Unión Europea deben respetar los límites de PFAS establecidos por el Reglamento (UE) 2025/40, conocido como PPWR.

La obligación no debe abordarse únicamente como una revisión de la resina base. En la práctica, es necesario considerar el envase y los diferentes componentes que forman parte de su formulación, como masterbatches, aditivos, tintas, adhesivos, recubrimientos o elementos de sellado.

Para fabricantes, transformadores y envasadores, el reto consiste en disponer de información suficiente para justificar la conformidad del packaging comercializado.

 

¿Qué límites establece el PPWR?

El artículo 5.5 del PPWR impide introducir en el mercado envases destinados al contacto alimentario cuando alcancen o superen alguno de estos límites:

  • 25 ppb para cualquier PFAS individual determinado mediante análisis dirigido, excluyendo los PFAS poliméricos de esa cuantificación.
  • 250 ppb para la suma de PFAS determinados mediante análisis dirigido, con posible degradación previa de precursores.
  • 50 ppm para el contenido total de PFAS, incluidos los PFAS poliméricos.

Estos valores no equivalen a una obligación genérica de “cero PFAS”. El cumplimiento se determina respecto a límites concretos de concentración.

Cuando el flúor total supera los 50 mg/kg, debe poder justificarse qué cantidad procede de PFAS y qué cantidad tiene un origen distinto

¿Qué packaging está afectado?

La restricción se aplica al envase que está destinado a entrar en contacto con alimentos o que ya está en contacto con ellos para ese fin.

Puede incluir, entre otros:

  • Envases rígidos y flexibles.
  • Films, bandejas, botellas y recipientes.
  • Tapones, cierres, válvulas y juntas.
  • Envases multicapa.
  • Papel o cartón con tratamientos o recubrimientos.
  • Componentes auxiliares integrados en el sistema de envase.

¿Dónde pueden aparecer los PFAS?

Los PFAS se han utilizado en distintas aplicaciones por propiedades como la resistencia a grasas y líquidos, la reducción de la fricción, la antiadherencia o la estabilidad química. Por eso, la revisión no debería limitarse al polímero principal.

La evaluación puede tener que incluir:

  • Resina base.
  • Masterbatch.
  • Aditivos y ayudas de proceso.
  • Tintas y barnices.
  • Adhesivos.
  • Recubrimientos.
  • Capas barrera.
  • Juntas y cierres.
  • Material reciclado.

Un material base correctamente documentado no garantiza por sí solo la conformidad del envase terminado si otros componentes incorporan sustancias fluoradas o si se producen cambios posteriores en la formulación.

“Sin PFAS añadidos intencionadamente” no es lo mismo que cumplimiento

Una declaración de “sin PFAS añadidos intencionadamente” significa que el fabricante declara no utilizar deliberadamente estas sustancias en la formulación. Sin embargo, esa declaración no permite descartar automáticamente:

  • Impurezas en las materias primas.
  • Contaminación cruzada.
  • PFAS presentes en contenido reciclado.
  • Componentes añadidos por otros proveedores.
  • Concentraciones residuales superiores a los límites aplicables.

Por tanto, conviene evitar utilizar como equivalentes las expresiones:

  • “Sin PFAS añadidos intencionadamente”.
  • “Libre de PFAS”.
  • “Sin fluoropolímeros”.
  • “Cumple el PPWR”.

Cada afirmación tiene un alcance distinto y debe estar respaldada por documentación adecuada.

¿Cómo se comprueba el cumplimiento?

Actualmente no existe una metodología única armonizada en la Unión Europea para analizar PFAS en packaging alimentario. La Comisión Europea recomienda un proceso escalonado.

1. Medición de flúor total

Puede utilizarse como primer análisis de cribado. Si el resultado está por debajo de 50 mg/kg, la muestra podría considerarse conforme según la orientación de la Comisión Europea.

2. Determinación del origen del flúor

Cuando el resultado supera ese valor, puede ser necesario distinguir entre flúor orgánico asociado a PFAS y flúor de otro origen.

3. Análisis dirigido y de precursores

Cuando la documentación o los ensayos iniciales no sean suficientes, la Comisión Europea recomienda análisis específicos para comprobar los límites de 25 ppb y 250 ppb.

La necesidad de ensayar dependerá del material, de la formulación, de la información disponible y del riesgo identificado.

¿Qué deben hacer fabricantes y transformadores?

La revisión puede organizarse en seis pasos:

  1. Definir el uso alimentario.
    Identificar el tipo de alimento, el tiempo de contacto, la temperatura y las condiciones de utilización.
  2. Mapear todos los componentes.
    Incluir resinas, aditivos, masterbatches, tintas, adhesivos, recubrimientos y cierres.
  3. Solicitar documentación actualizada.
    La información debe referirse al fabricante, grado y formulación concretos.
  4. Evaluar el nivel de riesgo.
    Prestar especial atención a sustancias fluoradas conocidas, documentación incompleta y materiales reciclados de origen heterogéneo.
  5. Analizar cuando sea necesario.
    Recurrir a ensayos cuando la documentación no permita justificar suficientemente la conformidad.
  6. Validar y controlar los cambios.
    Una modificación de grado, proveedor, planta, masterbatch o porcentaje reciclado puede exigir una nueva evaluación.

¿Qué ocurre con los productos fabricados antes de agosto de 2026?

El PPWR no establece un período general para agotar existencias de packaging alimentario no conforme. Los envases introducidos en el mercado antes del 12 de agosto de 2026 pueden comercializarse. Sin embargo, los envases introducidos después de esa fecha deben cumplir los límites, aunque hubieran sido fabricados anteriormente.

Tampoco existe una excepción general para los envases que incorporan material reciclado.

El papel de Guztec Polymers

En Guztec Polymers acompañamos a fabricantes y transformadores en la selección y validación de materiales para aplicaciones de packaging.

Nuestro apoyo puede incluir:

  • Análisis de los requisitos de la aplicación.
  • Identificación de materiales y formulaciones alternativas.
  • Coordinación documental con los fabricantes representados.
  • Revisión de las condiciones de transformación.
  • Soporte durante pruebas industriales.
  • Evaluación de prestaciones y posibles limitaciones.

El porfolio de Guztec Polymers incluye poliolefinas, materiales reciclados y biobasados, soluciones monomaterial, masterbatches y polímeros técnicos aplicables a diferentes desarrollos de packaging. La adecuación regulatoria debe verificarse siempre para cada grado, formulación, proceso y aplicación final.

El equipo técnico de Guztec Polymers puede ayudarte a revisar los materiales utilizados, estudiar posibles alternativas y coordinar la documentación disponible con nuestros fabricantes.

Contacta con nuestro equipo: contact@guztecpolymers.es